STOP del Tribunal Constitucional al cuatripartito

Fracasan los planes abertzale-bildutarras de montar una justicia paralela. En el año 2015, el cuatripartito que gobierna Navarra, con el respaldo del Partido Socialista de Navarra (PSN), aprobó una Ley Navarra foral de reconocimiento y reparación de las víctimas por actos de motivación política provocados por grupos de extrema derecha o funcionarios públicos. La Abogacía del Estado en Navarra recurrió la Ley Foral ante el Tribunal Constitucional en nombre del Gobierno de España.

El Gobierno del Kambio pensó que había llegado su oportunidad, su hora para hacer un repaso de viejas cuentas pendientes contra los presuntos excesos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Esado y de grupos fachas. Utilizar su posición desde el Palacio de Navarra y contando con una amplía mayoría en el Parlamento al apoyarles los socialistas navarros.

Podríamos pensar ingenuamente que dicha ley resultaba innecesaria ya que el Código Penal sanciona delitos de odio, discriminación o contrarios a la integridad física del ciudadano. Pero, conociendo a los promotores, podemos estar segurísimos de que la realidad era muy diferente.

Sabemos perfectamente que la izquierda abertzale y demás nacionalistas vascos odian totalmente a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (Cuerpo Nacional de Policía y Guardia Civil) así como a las Fuerzas Armadas del Reino de España. En su paranoia las han considerado “Fuerzas de Ocupación” de su Euskadi irredenta.

Así pues, con esta ley, se buscaba, crear una estructura paralela a los organismos del poder judicial, para poder establecer mecanismos de persecución contra agentes de los cuerpos previamente mencionados y los militares. Porque sustraía a una “Comisión” nombrada desde el Ejecutivo navarro la acción de los tribunales ordinarios. Pensaron que les bastaría con un entramado confeccionado por ellos.

Sí, una especie de “comisión de la verdad” controlada por quienes gobiernan la región, presentando como “verdad jurídica” lo que ellos mismos consideren, sin los adecuados procedimientos de probación y de actuación en conformidad con la legislación ordinaria.

De hecho, la sentencia que ha tumbado el proyecto en cuestión advierte de que se buscaba sustraer la potestad del poder judicial a fin de satisfacer intereses de un movimiento político (con un ideario determinado, claro está). Asimismo, señala que,

La potestad de declarar la existencia de hechos constitutivos de delito y de determinar su autoría corresponde, en exclusiva, a los jueces y tribunales en el ejercicio de la función jurisdiccional. El hecho de que la fijación de hechos delictivos por parte de la referida comisión tenga lugar a los solos efectos del resarcimiento de las víctimas no elimina las eventuales consecuencias penales de tales hechos, ni modifica el carácter jurisdiccional de las funciones de investigación y averiguación referidas.

En cualquier caso, también conociendo a este personal, sabemos que nos encontramos no solo ante enemigos de la Constitución Española, sino que su concepto de la libertad y del sistema de separación de poderes que debe caracterizar a un sistema que respete las libertades, es digamos que muy peculiar.

Al mismo tiempo, cabe recordar que estas especies de “comisiones” son bastante propias por parte de aquellos que buscan perseguir a disidentes. Recordemos las “comisiones de la verdad” de tiranías como la chavista y la soviética, así como las de los de la revisionista “Desmemoria Histórica”.

Finalmente, ya para concluir, es plausible que se haya truncado esta estrategia de persecución política por quienes velan por la libertad, la seguridad y la independencia de España. Eso sí, de todos modos, seguiremos en alerta ante el más mínimo atisbo antiespañol y de persecución política.

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