El caso del concurso con sospechas amaño: o la Asociación Berriztu, o nadie

¿Recuerdan ustedes el caso del concurso público en el que, sospechosamente, se coló junto a los requisitos del pliego para los aspirantes el nombre de una empresa concreta llamada Asociación Berriztu? Todo el mundo pensó de inmediato que se trataba de un concurso a medida, en el que el nombre de la empresa que tenía que ganar el concurso ya estaba decidido antes incluso de publicarlo, al punto que se soltó sin querer el nombre de la empresa al publicar las condiciones del concurso. Pues bien, los acontecimientos posteriores vienen a avalar las peores sospechas puesto que el concurso, al final, ha quedado desierto. O Berriztu o nadie, lo que ratifica la sospecha del concurso a medida.

 

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La regeneración acaba donde empiezan los nuestros

La portavoz de UPN en la Comisión de Derechos Sociales del Parlamento, Maribel García Malo, ha afirmado a este respecto que el hecho de que el concurso llevado a cabo por el Departamento del vicepresidente Laparra para la gestión de un centro de día de justicia juvenil haya quedado desierto refuerza la tesis de la existencia de irregularidades: “Que ninguna empresa se haya presentado al concurso refuerza la tesis de UPN de la existencia de irregularidades en el procedimiento de adjudicación de este servicio, así como la necesidad de que el vicepresidente Laparra dé explicaciones cuanto antes en el Parlamento”.

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García Malo ha recordado que “en dicho concurso no ha existido ninguna empresa distinta de la Asociación Berriztu que cumpliera las condiciones marcadas en los pliegos de prescripciones técnicas exigidos para gestionar ese servicio y que a la vez estuviera interesada en gestionarlo, lo que es un indicio más de que los pliegos, que marcaban condiciones muy concretas que sí cumplía la Asociación Berriztu, estaban claramente dirigidos a que fuera esa Asociación la adjudicataria del concurso”.

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El Departamento tuvo que saber que los requisitos restringían de forma clara la competencia

El Departamento de Laparra tuvo que saber y si no preguntar, señala UPN, si los requisitos de solvencia que exigía, o la excesiva concreción del local en el que prestar la atención, restringían de forma clara la competencia y las posibilidades de presentarse al concurso a empresas distintas a la asociación que asesoró para elaborar los pliegos.

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El artículo 47.1 de la Ley Foral 6/2006 de Contratos, que era la vigente cuando se aprobó este pliego, señala que los pliegos de prescripciones técnicas deberán permitir el acceso en condiciones de igualdad de los licitadores y no podrán tener como efecto la creación de obstáculos injustificados a la libre competencia ente empresas; obstáculos que en este caso parecen patentes a juicio de los regionalistas como demuestra el hecho de que, tras retirarse Berriztu de la carrera para conseguir la adjudicación, no  haya habido ninguna otra a la que poder adjudicárselo.

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Las explicaciones que ha ofrecido la Asociación Berriztu, diciendo que no optaban al concurso, no resultan en absoluto convincentes para UPN, y parecen responder más a la circunstancia de que haya aparecido en prensa que los pliegos llevaban incluido su nombre y a la flagrante ilegalidad de este hecho en el caso de que se hubiera presentado.

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Comentarios (2)
  1. Urko Jon says:

    Esto me recuerda a una profesora de francés que ganó una plaza en Artica convocada por sus papás ¿Cómo se llamaba? mmm……..

    Bien puntuado. ¿Te gusta? Thumb up 13 Thumb down 0

  2. jabier says:

    Pues a mi me recuerda a cuando en el Word del pliego de condiciones de un concurso, figuraba como autor del documento la empresa finalmente ganadora.

    ¿Como se llamaba el partido que hacía eso? mmm……

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